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Seguro de Responsabilidad Civil Profesional para actividades informáticas y TIC

Nuestra web está pensada para facilitarle información acerca del seguro de Responsabilidad Civil (RC) Profesional para profesionales TIC y de las actividades informáticas. De esta forma responderemos a qué son los Seguros para actividades informáticas, qué cubren y qué se debe valorar al contratar este tipo de seguros. También haremos mención a la total retroactividad que ofrecen las pólizas que ofrecemos.

Igualmente detallaremos aquellas particularidades que afectan de manera importante a la RC Profesional de las actividades TIC. Daremos respuesta a las preguntas más frecuentes (FAQ) sobre este seguro. Seguidamente expondremos ejemplos concretos de reclamaciones que generan los siniestros más habituales en esta actividad.

Finalmente también podrá calcular directamente el precio de su seguro de RC Profesional para TIC y actividades informáticas a través de nuestro tarificador online.

Estamos convencidos que esta página aclarará gran parte de sus dudas e inquietudes sobre este tipo de seguros. Sin embargo si aún piensa que tiene dudas, ¿por qué no contacta con nosotros?. Llámenos y nuestros asesores le atenderán sin ningún tipo de compromiso.

¿Qué es el Seguro Responsabilidad Civil Profesional de los profesionales TIC y de actividades informáticas?

El Código Civil español establece que “el que por acción u omisión causa un daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado”.

Como consecuencia, este precepto el que obliga a la reparación del daño producido en cualquier ámbito de la actividad humana.

El seguro de responsabilidad civil nace con el objetivo de responder a una posible reclamación de un tercero perjudicado. Por lo tanto hará frente a la indemnización derivada de dicho daño.

En realidad el seguro de responsabilidad civil para profesionales de las TIC y de las actividades informáticas es una mera variante de este tipo de seguros. Su función responder de los daños causados en el desempeño de esta actividad profesional.

¿Qué cubre el Seguro de Responsabilidad Civil Profesional de los profesionales TIC y de las actividades informáticas?

Reclamaciones contra el asegurado: Si durante el periodo de seguro, y como resultado de la actividad profesional llevada a cabo dentro del ámbito territorial establecido en las condiciones particulares, cualquier tercero presenta una reclamación contra cualquier asegurado por:

  • Incumplimiento no intencionado de un contrato escrito, siempre y cuando la reclamación sea presentada por un cliente.
  • Negligencia o incumplimiento de cualquier deber u obligación, incluyendo pero no limitado a la transmisión negligente de un virus;
  • Infracción de los derechos de propiedad intelectual (pero excluyendo las patentes y los secretos comerciales), incluyendo pero no limitado a los derechos de autor, los derechos de marca registrada, los derechos de la identidad corporativa, los derechos publicitarios, incumplimientos por cyberokupación, los derechos morales, cualquier acto de imitación fraudulenta o cualquier malversación de formatos, personajes, nombres comerciales, nombres de personajes, títulos, argumentos, composiciones musicales, voces, lemas, material gráfico u obras de arte.
  • Competencia desleal, prácticas empresariales engañosas o la falsa denominación de origen, pero exclusivamente cuando se declare junto con y basado en las mismas alegaciones que una reclamación bajo el anterior apartado c.
  • El incumplimiento de cualquier deber de confidencialidad, invasión de la privacidad o vulneración de cualquier otra protección legal de información personal, incluyendo pero no limitado al desmerecimiento ante la opinión pública, la invasión de la intimidad de una persona, la divulgación pública de información privada de una persona, la apropiación indebida de la imagen, el nombre, la voz o la identidad de una persona para fines lucrativos, la intercepción no autorizada o la grabación de imágenes o sonidos en vulneración de cualquier ley en contra de la intervención de líneas telefónicas.
  • Difamación de buena fe, incluyendo pero no limitado a libelo, injuria, calumnia, menosprecio hacia un producto.

Pagos de sus honorarios pendientes:

Si su cliente se niega a pagar los honorarios pactados en un contrato (incluyendo el importe que usted esté legalmente obligado a pagar a un subcontratista en la fecha en la que el cliente se niega a pagar), y usted justifica debidamente que:

  • No tiene motivos razonables para reclamar legalmente el pago del importe debido.
  • Existe evidencia escrita de que el cliente tiene intención de presentar una reclamación legítima bajo esta póliza por importe superior al importe debido.

Daños propios del asegurado:

Si durante el periodo de seguro, y en el desarrollo de su actividad profesional, usted sufriera una pérdida económica derivada de:

  • Un acto deshonesto, doloso o fraudulento por parte de sus empleados o de cualquier persona o subcontratista contratado directamente por el usted y estando bajo su supervisión, y siempre y cuando exista la manifiesta intención por parte de dichos empleados de causarle perjuicios a usted y de obtener un beneficio indebido para sí mismo con la excepción de salarios, remuneraciones, bonus o comisiones, nosotros le indemnizaremos respecto de dicha pérdida financiera sufrida hasta el sublímite indicado en las condiciones particulares.
  • La destrucción total o parcial, deterioro, alteración o pérdida de cualquier documento, así como los bienes que le hubieran sido confiados, pero siempre y cuando dicho documento o bienes se encuentren efectiva o presuntamente bajo su custodia, se le indemnizara respecto de dicha pérdida financiera hasta el sublímite indicado en las condiciones particulares.

Defensa penal y reclamación de daños

Los gastos incurridos con nuestro previo consentimiento por escrito para investigar, liquidar o defender una reclamación contra el asegurado. También serán considerados como gastos de defensa la constitución de fianzas judiciales que le puedan ser exigidas por su eventual responsabilidad civil.

Inhabilitación Profesional

Indemnizar al asegurado por las condenas de inhabilitación profesional impuestas al Asegurado en virtud de sentencia judicial firme dictada por los Tribunales Españoles como consecuencia de una Reclamación amparada por la presente Póliza.

Riesgos cibernéticos y Protección de Datos

Las cantidades que éste resulte legalmente obligado a pagar si, durante el periodo del seguro y como resultado de la Actividad del Asegurado, un tercero hace una RECLAMACIÓN que se derive de:

  • El contenido de correos electrónicos del asegurado así como la intranet o sitio web incluyendo modificaciones o adiciones hechas por un HACKER, pero que estén no conectado con cualquier actividad profesional para un cliente y debido a:
    • La vulneración por parte del asegurado de cualquier derecho a la propiedad intelectual, incluyendo vulneraciones de “copyright”, patente, o “trademark”.
    • Cualquier declaración difamatoria en la PÁGINA WEB del asegurado o dentro del correo del asegurado, de un cliente o competidor del asegurado.
    • La infracción por parte del asegurado en relación a la confidencialidad o violación del derecho a la privacidad.
  • La transmisión de un VIRUS informático, un gusano, una bomba lógica, o un troyano, por parte de una acción negligente del asegurado durante una transacción de negocios con, o quien use la PÁGINA WEB durante el trascurso normal de su actividad.
  • La recopilación no autorizada o el uso erróneo de datos sobre cualquier cliente o cliente potencial del asegurado y por parte del asegurado, que sea tanto confidencial o sujeto a restricciones de uso, y que el asegurado obtuvo a través de internet, correo electrónico o una PÁGINA WEB, y pueda guardarlos electrónicamente.

Daños propios por hacker

Costos y gastos, necesarios y razonables, que pueda contraer el asegurado si, durante el periodo de cobertura del seguro, un HACKER daña, destruye o altera la PÁGINA WEB del asegurado o EL SISTEMA INFORMÁTICO. Aquellos costos y gastos serán pagados con el fin de reparar o reemplazar las partes afectadas de la PÁGINA WEB o el SISTEMA INFORMÁTICO hasta el nivel y con los mismos contenidos, o tan cerca como razonablemente se pueda, que tenía la PÁGINA WEB o el SISTEMA INFORMÁTICO justo antes del ataque.

Responsabilidad Civil Patronal

La responsabilidad atribuible al empresario o la empresa como consecuencia de las reclamaciones por daños personales causados por acción u omisión a los empleados en un accidente laboral. Esta reclamación puede ser presentada por el perjudicado o sus derechohabientes (familiares con derecho en caso de muerte).

Responsabilidad Civil Explotación

Aaquellas obligaciones que el asegurado debe afrontar como consecuencia de su actividad, es decir, aquella responsabilidad surgida durante el desarrollo de la actividad empresarial.

¿Qué debo valorar a la hora de contratar un Seguro de Responsabilidad Civil Profesional para profesionales de las TIC?

Aparte de la prima (coste del seguro), es importante valorar otras cuestiones de suma importancia un seguro de responsabilidad civil. En caso contrario podrán derivarse importantes efectos al hacer uso de las coberturas:

Suma asegurada

Es la máxima indemnización que estará obligada a abonar la aseguradora en caso de producirse un siniestro. Suele incluir un doble límite, uno temporal, referido habitualmente al periodo de cobertura de la póliza y otro por siniestro. La adecuada elección de dicho límite es un aspecto determinante en la elección del seguro. La elección de importes excesivos o escasos podrían dar lugar respectivamente a situaciones de infraseguro o sobreseguro.

Fecha retroactiva

La mayor parte de este tipo de seguros contemplan cláusulas tipo «claims made», es decir, en base a reclamaciones. Como consecuencia, el seguro atenderá cualquier reclamación independientemente del momento en que tuvo lugar el hecho que la ocasionó.

En realidad es habitual que las pólizas incorporen una «fecha de retroactividad». Como resultado, únicamente quedarán amparados los siniestros reclamados con posterioridad a dicha fecha.

Franquicia

Es el importe de la indemnización que correrá a cargo del asegurado en caso de siniestro.

Coberturas

La selección de las coberturas de la póliza dependerá de las necesidades específicas de cada asegurado. No obstante debería incluir como mínimo, al margen de la cobertura principal de responsabilidad civil profesional, la de defensa jurídica. Otras coberturas interesantes aunque menos conocidas podrían ser la inhabilitación profesional, la RC patronal o la pérdida de documentos.

Actividad profesional

Resulta imprescindible una clara y completa definición de la actividad profesional desarrollada. En caso contrario, el asegurador podrá rechazar el siniestro correspondiente las actividades no mencionadas o insuficientemente detalladas en la póliza.

Exclusiones 

Por lo general se excluyen de cobertura los daños propios, los hecho fraudulentos o maliciosos, las multas y sanciones. Además, se excluye la responsabilidad civil contractual (perjuicios causados como consecuencia de incumplimientos contractuales).

Periodo informativo

El periodo informativo constituye un periodo adicional de cobertura para el caso de no renovación del seguro o bien de cese en la actividad profesional. Las compañías aseguradoras que contemplan esta opción extienden la cobertura durante un periodo de tiempo a cambio del pago de una prima adicional.

Información

El coste del seguro se obtiene de la información facilitada por el solicitante mediante la cumplimentación de formularios al efecto. Por ello, es imprescindible la correcta cumplimentación de dichos formularios. En caso contrario, el asegurador podrá rescindir la póliza e incluso a rechazar la cobertura de un siniestro.

Ambito territorial

El ámbito territorial de cobertura de la póliza debe coincidir con el geográfico dónde potencialmente pueda ser generado el daño.

Gran parte de los seguros más habituales (autos, hogar, etc.) cubren los siniestros ocurridos desde el momento de la contratación de la póliza y lógicamente excluyen aquellos que hayan ocurrido con anterioridad a dicho momento. Los seguros de responsabilidad civil profesional, por su propia naturaleza, incluyen una clausula especial (denominada «clais made» en el mundo anglosajón), de forma que la cobertura se centra en el momento de la reclamación efectuada por el perjudicado, que ha de producirse después de contratada la póliza, mientras que el periodo de ocurrencia amparado queda definido en el condicionado en la denominada «fecha retroactiva».

Nuestras pólizas incluyen como «fecha retroactiva» la fecha de inicio de actividad del asegurado, lo que en la práctica significa que cubren todos los siniestros reclamados desde la contratación de la misma independientemente de la fecha de ocurrencia del siniestro.

Casos reales

Contratan una empresa especializada para desarrollar un software e instalarla en una empresa. Durante el proyecto por una actuación negligente, la empresa TIC le transmite un virus. Un seguro de RC Profesional TIC cubriría los gastos de defensa y la indemnización debida en su caso.

Un consultor TIC desarrolla un software para gestionar la nóminas de los empleados de una empresa. Tras tres años, la empresa se percata que habían estado pagando de más a sus empleados porque el software redondeaba las cifras de los salarios al alza. Llevaban 36 meses pagando de más a 500 empleados por lo que demandaron al consultor TIC por un error en el software entregado. Un seguro de RC Profesional TIC cubriría los gastos de defensa y la indemnización debida en su caso.

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    Política de privacidad

    FAQ

    Este tipo de pólizas incluyen una «fecha retroactiva» a partir de la cual quedan cubiertos los hechos generadores del siniestro. Lo más habitual es que dicha fecha retroactiva sea ilimitada o coincida con el inicio de la actividad.

    Si, lo que en estos casos hacen las Compañías es ponderar el riesgo de cada una cada ellas. Esto se suele hacer en función de la facturación de cada actividad para calcular el coste del seguro.

    Efectivamente, se puede emitir una póliza que ampare a dos o más asegurados. De esta forma quedaría cubierto Vd. directamente y también los trabajos desarrollados por la sociedad.

    No está obligado a comunicar ningún dato a excepción de los necesarios para la contratación y la renovación anual. Estos datos se refieren a los honorarios anuales o tipo de trabajos efectuados pero nunca a trabajos o proyectos concretos.

    No, nuestras pólizas comportan un único pago anual. De esta forma no tendrá que hacer más pagos hasta la renovación anual de la póliza. No obstante, la forma de pago del importe anual es flexible de forma que se puede fraccionar en dos pagos semestrales.

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